Con la entrada en vigor el 1 de enero de 2023 del Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022, se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
A partir de este año, los autónomos deben realizar una previsión de sus ingresos netos estimados durante el ejercicio 2023. En función de estos ingresos netos, cada autónomo puede elegir, dentro del tramo que le corresponda, entre la Base de cotización mínima o la máxima (desaparece el límite de edad para acceder a la base máxima de cotización del tramo).
Es muy importante hacer una estimación de ingresos ajustada a la realidad, cualquier cotización por debajo de lo informado a la Seguridad Social repercutirá en un requerimiento para el abono de la diferencia resultante.La comunicación a la Seguridad Social es obligatoria por parte del autónomo, y requerirá disponer del propio certificado electrónico para acceder a su área personal.
A continuación, se muestran los aspectos principales de este nuevo sistema de cotización.
Nuevo sistema de cotización para autónomos en 2023
Los autónomos comenzarán a cotizar en función de sus ingresos reales a partir del 1 de enero de 2023.
PASOS A SEGUIR:
Primero, cuantificar los rendimientos netos.
Uno de los primeros ejercicios que tendrán que hacer los autónomos será cuantificar los rendimientos netos que prevén obtener a lo largo de todo el año. Es decir, deberán hacer una aproximación de cuáles van a ser sus ganancias entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
La Seguridad Social ha establecido una fórmula para determinar este importe. Esta sería la siguiente: calcular primero los rendimientos netos anuales de la actividad (ingresos menos gastos deducibles), sumarle luego todas las cuotas que ha pagado el autónomo a la Seguridad Social durante el ejercicio y restarle un 7% o un 3%, en función de si se es persona física o societario. Una vez obtenida la cifra, se divide entre 12. El resultado es el rendimiento neto mensual por el que deberán cotizar.
Para las actividades económicas, empresariales o profesionales ejercidas como socio o integrante de cualquier tipo de sociedad o entidad, se computarán de manera adicional a los rendimientos que pudieran obtener por su propia actividad económica desarrollada a título individual, los rendimientos íntegros de trabajo o capital mobiliario, dinerarios o en especie, derivados de su condición de socios y/o administrador, así como los rendimientos de dicha naturaleza obtenidos en su condición de socio trabajador autónomo de una cooperativa de trabajo asociado.
Segundo, la excepción para los autónomos que siempre han cotizado más.
Los autónomos que vinieran cotizado por bases más altas a sus rendimientos disfrutarán de una excepción. Esto quiere decir que, si el autónomo cotizaba por una base superior a la que debería antes de 2022, lo podrá seguir haciendo una vez entre en vigor el nuevo sistema.
Tercero, la comunicación de la previsión de ingresos reales.
La comunicación de previsión de ingresos reales, mejor llamados rendimientos netos, se
realizará a través del portal de la Seguridad Social ImportaSS. El autónomo deberá introducir sus rendimientos y, automáticamente, la Seguridad Social le informará sobre la base de cotización que le corresponde y la cuota que deberá abonar, en función del tramo dónde esté situado en función de esos rendimientos notificados. Dentro de cada tramo se podrá escoger entre la Base mínima o la máxima de cotización.
Los autónomos que hubieran estado cotizando por bases superiores anteriormente, podrán elegir cotizar entre la mínima que les ofrece el nuevo sistema en función de su tramo o la máxima cuota que recoge el nuevo sistema.
Cuarto, ImportaSS le avisará sobre cuál es su cuota y cuándo le cobrará.
Confirmada la previsión de ingresos y, por tanto, el tramo de rendimientos netos y la cuota, ImportaSS será capaz de informar al autónomo sobre qué día la Seguridad Social va a pasar el pago de la cuota. Es decir, a través de esta herramienta se le informará sobre el importe de la cuota y sobre el día que se hará efectivo el cobro.
Como siempre recuerde que desde el departamento fiscal de Gestoría Gabaldón podemos orientarle y asesorarle en todo momento.